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Participación de Gananciales

¿Qué es la Participación de Gananciales en el matrimonio?


El régimen de participación en los gananciales en Chile se considera a los cónyuges como separados de bienes, es decir, cada cónyuge es dueño y administra exclusivamente sus bienes. Sin embargo, existe una limitación en la administración y es que, para ser aval respecto de deudas de terceros, se requiere la autorización del otro cónyuge.

Gananciales Patrimonio

¿Qué es la participación de gananciales?

Los gananciales son la cantidad de dinero y/o bienes a que tienen derecho los cónyuges cuando se termina este régimen o matrimonio. Se obtienen de la diferencia de valor que existe entre el patrimonio original de cada cónyuge (los bienes que tenían cuando se inició el régimen de participación en los gananciales) y el patrimonio final de cada cónyuge (los bienes que tiene cuando termina este régimen).

Por esta razón es recomendable que cuando los cónyuges optan por este régimen, hagan un inventario de los bienes que tiene cada uno al momento de contraer matrimonio, indicando el valor que le asignan a dichos bienes.

¿Cómo pactar la participación de gananciales?

Este régimen se pacta al momento de contraer matrimonio o durante este y una vez que se opta por el mismo, no se puede cambiar al régimen de sociedad conyugal, pero sí al de separación total de bienes.

Liquidación Participación de Gananciales

Liquidación de participación en los gananciales

Una vez que termina este régimen, se compensa el valor de los gananciales obtenidos por cada cónyuge, esto es, la diferencia que existe entre el patrimonio que tenía cada cónyuge al comenzar el régimen, con el patrimonio que tenga cada cónyuge al término de este régimen patrimonial, y se distribuyen los excedentes por mitades. Es decir, el cónyuge que ha obtenido gananciales por un monto inferior a los del cónyuge, tiene un crédito equivalente a la mitad del excedente.

Ejemplo de participación de gananciales:

Gananciales del marido: $3.000.000

Gananciales de la mujer: $1.200.000

Diferencia de gananciales: $1.800.000 (excedente que se debe repartir en partes iguales)

Es decir, la mujer tiene un crédito por $900.000.

El régimen de participación en los gananciales en Chile se considera a los cónyuges como separados de bienes, es decir, cada cónyuge es dueño y administra exclusivamente sus bienes. Sin embargo, existe una limitación en la administración y es que, para ser aval respecto de deudas de terceros, se requiere la autorización del otro cónyuge.


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